30.12.19

Comunicado en referencia a la puesta en funcionamiento de la Ordenanza de Movilidad de Madrid

Plan de calidad del aire

 

(Llamado PLAN A del Aire. Sra. Carmena)

 

Los requerimientos medioambientales que la Unión Europea impone respecto a la calidad del aire en las ciudades ha obligado al Ayuntamiento de Madrid a regular el acceso rodado con restricciones a los vehículos más contaminantes.

 

El criterio de valoración ha partido de la clasificación efectuada por la Dirección General de Tráfico, lo que ha supuesto un agravio indiscutible para el colectivo que representamos. Primero porque al día de hoy seguimos, a pesar de la incontables solicitudes realizadas por FEVA, sin poder identificar nuestros vehículos a estos efectos. Situación injustificable desde nuestro punto de vista ya que la mayor parte de ellos están exentos del cumplimiento de los límites de emisiones. Y segundo, porque el limitadísimo uso que hacemos de ellos hace que las emisiones de las que los clásicos pueden ser culpados son insignificantes.

 

Sin embargo, el Ayuntamiento de Madrid no tenía previsto inicialmente aplicar excepción alguna a la rigurosa normativa que estaba preparando. Y sólo después de numerosas reuniones con FEVA y de un escrito de alegaciones pudimos ver reflejados nuestros legítimos intereses en forma de ventajas, que sin ser las deseadas, permiten la movilidad de los vehículos históricos bajo ciertos supuestos.

 

Adicionalmente surgió una cuestión técnica que ha limitado y condicionado la negociación: el sistema de control de tráfico elegido por el consistorio es de cámaras de control de matrículas. Éste impide discriminar por antigüedad del vehículo (la placa no coincide en muchos casos con la fecha de fabricación), ni permite otros sistemas como pegatinas o impresos tipo "Tarjeta FIVA", como el aplicado en París. Es decir, sólo los vehículos con matrícula "H", histórica, están incluidos en las excepciones logradas. Si bien hay plazos muy amplios para poder obtenerla en el caso de residentes que la requieran.

 

Por último, y como observación, Madrid fue puesto en la última Asamblea de la FIVA como un caso extremo de tratamiento "poco sensible" en el caso del acceso a sus zonas de bajas emisiones en comparación con otras ciudades europeas. Una vez más, las sensibilidad de nuestras administraciones hacía la conservación de nuestro patrimonio cultural ha quedado al descubierto.

 

Vaya por delante que lo expuesto a continuación se hace sin entrar en detalles respecto a las disposiciones transitorias que regulan los periodos de aplicación de las prohibiciones y excepciones al aparcamiento de residentes, aparcamiento en la zona SER (de estacionamiento regulado), garajes de particulares, acceso a establecimientos, invitaciones, etc. Y siempre que no haya restricciones por episodios de alta contaminación. 

 

 

 

 

 
 

 

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